El transporte internacional de mercancías carecía de una regulación específica, sobre todo en su faceta de sujeción de la carga. La Unión Europea, frente a las estadísticas donde el 25 % de los accidentes proviene de una mala estiba de la carga, ha decidido poner solución.
La normativa actual
Hasta ahora no existía una normativa específica, solo en el Reglamento de Circulación se hacía una mención no muy detallada
La carga de la mercancía en un camión, así como los suplementos que se usan para acomodarla, deben ser colocados de tal manera que:
– No se puedan arrastrar, deslizar o caer con peligro.
– No puedan perjudicar a la estabilidad durante la marcha.
– No puedan generar cualquier tipo de molestia para el normal desarrollo del transporte.
La nueva legislación y su entrada en vigor
El nuevo Real Decreto que empezará a aplicarse en mayo, es un desarrollo de la Directiva 2014/47 EU, que busca unificar todos los criterios a nivel europeo en materia de transporte.
Esta nueva normativa sí recoge con todo detalle
– Cómo debe ir la carga.
– Las inspecciones técnicas que deben pasar los vehículos, comunes en toda la Unión Europea y quién las debe realizar.
– Cantidad de amarres a poner y sus capacidades.
– Clasificación de las distintas ineficiencias por el mal amarre de la carga.
Otro aspecto muy importante es la responsabilidad. El nuevo código hace responsable en caso de accidente al conductor y al titular del camión. Este punto deberá ser aclarado, ya que el reglamento del transporte especifica que el conductor no interviene en la carga de la mercancía.
Las empresas de transporte internacional y su preparación
Las empresas deben de preparar sus vehículos y a su personal para la correcta estiba de mercancías. La DGT ha previsto más de 15 000 inspecciones y ha formado a la Guardia Civil en el reglamento, dotándole de medios para parar vehículos e inspeccionarlos.
Dado lo específico de la legislación, lo mejor es formar a los trabajadores encargados de las cargas en el proceso correcto. Deben poder calcular el número de amarres según el volumen y peso de la carga, así como los empaquetados correctos de las mercancías.
Régimen sancionador
La reglamentación también nombra a los responsables en cada caso y las acciones que se deben emprender ante las faltas.
Si se ha incumplido la ley, la sanción debe recaer sobre el titular de la autorización del transporte, ya que el tema del conductor como se ha comentado antes no queda todavía claro.
Respecto al cargador, se deben tener en cuenta dos aspectos:
– Si el incumplimiento es de los tipificados como graves, se procederá a la inmediata inmovilización del vehículo. Esto originará importantes perjuicios económicos debido al retraso en la entrega de la carga.
– La incorrecta estiba de la mercancía por parte del cargador, puede dar lugar a pérdidas o daños en la misma. Si se demuestra que se ha incumplido la nueva ley, las compañías aseguradoras podrán acogerse a esto para evitar el pago de indemnizaciones.
El transporte internacional de mercancías mejorará con esta normativa más avanzada en materia de seguridad, que permitirá evitar accidentes. Se debe tomar la iniciativa para cumplirla y evitar sanciones.