Los incoterms son términos de comercio internacional, es decir, reglas internacionales para facilitar la conducción del comercio global. Son necesarios para reducir o eliminar las incertidumbres derivadas de las regulaciones internas de cada país. Son establecidos por la Cámara de Comercio Internacional, que los renueva periódicamente. En la actualidad, hay once modalidades y FAS Incoterm es una de ellas.
¿Qué es el Incoterm FAS?
FAS son las siglas de Free AlongSide ship, que significa literalmente “Franco al costado del buque”. Se utiliza en el transporte marítimo de mercancías. Implica que el vendedor tiene que entregar la carga en el muelle y bajo la grúa habilitada.
Su finalidad es regular el reparto de responsabilidades entre el comprador y el vendedor. De ahí que se utilice con frecuencia en cargamentos a granel, de gran volumen o en casos de sobredimensionamiento.
Su principal característica reside en que el vendedor completa sus obligaciones cuando la mercancía es colocada al lado del buque. Desde entonces, es el comprador quien se encarga de los riesgos. Otras características reseñables son:
- Ambas partes deben hacerse cargo de los procesos de exportación e importación. También tendrán que proporcionar los documentos que necesite la contraparte.
- Los costes adicionales son responsabilidad del comprador.
Cuáles son las obligaciones y las responsabilidades de este incoterm de transporte marítimo
El comprador es quien asume la mayor parte del riesgo. Entre sus principales obligaciones y responsabilidades FAS, se encuentran:
- Carga y descarga. Debe efectuar este trámite en la embarcación de destino.
- Costes. Cuando se hayan entregado las mercancías, el comprador asume determinados costes. Los más significativos son los derivados de la carga, el transporte, el seguro y la importación. También son de su responsabilidad las tarifas locales.
- Entrega y flete. La entrega de la mercancía al destino final o almacén depende enteramente del comprador.
- Seguro. Implica responsabilizarse por cualquier riesgo que pueda derivarse del transporte. Es válido tanto por vía marítima como terrestre.
- Aduanas. Cualquier otro compromiso de importación al país final también es responsabilidad del comprador.
Por su parte, el inconterm de transporte marítimo conlleva estas obligaciones para el vendedor:
- Carga y descarga. Aunque el vendedor contrate el transporte, el coste y el riesgo siempre serán a cargo del comprador. Eso sí, es obligación del vendedor cargar los bienes en su propio buque o embarcación.
- Costes. Debe asumir determinados gastos hasta la entrega. Estos incluyen el embalaje, la carga, el transporte y cualquier tarifa de exportación relacionada.
- Entrega y flete. El vendedor se responsabiliza de la entrega en la embarcación del comprador. Esto incluye el cobro del flete previo.
- Seguro. No está obligado a contratar ningún seguro. Y, si lo hiciera, la obligación de cubrirlo corresponde al comprador.
- Aduanas. Cualquier documento o trámite relacionado con la exportación corre a cargo del vendedor.
Siempre pueden surgir dudas y conflictos con la interpretación de un incoterm. Para evitar estas situaciones, en Moldtrans ofrecemos un servicio integral de transporte y logística, con asesoramiento personalizado.